Sus responsabilidades cuando tenga problemas de protección:
- Evaluar la situación: ¿son necesarios servicios de urgencia?
- Garantizar la seguridad y el bienestar de la persona.
- Determinar la opinión y los deseos de la persona sobre el asunto y el procedimiento de protección.
- Conservar las pruebas
- Seguir los procedimientos locales de notificación de incidentes/riesgos
- Mantenga la calma e intente no mostrar conmoción o incredulidad.
- Escuche atentamente y demuestre comprensión reconociendo su pesar y preocupación por lo ocurrido.
- Informe a la persona de que debe compartir la información, explicándole qué información se compartirá y por qué.
- Deja constancia por escrito de lo que la persona te ha dicho, utilizando sus palabras, lo que has visto y tus acciones.
Deber de diligencia:
Tienes el deber de cuidar de tus pacientes/usuarios de servicios y de tus colegas. La protección es asunto de todos.
Las normas del Consejo de Profesiones Sanitarias establecen: "... la persona que es capaz de dar su consentimiento tiene derecho a rechazar el tratamiento. Debes respetar este derecho. También debes asegurarte de que son plenamente conscientes del riesgo de rechazar el tratamiento, sobre todo si crees que existe un riesgo importante o inmediato para la vida'.
Puede decirse que se ha cumplido razonablemente el deber de asistencia cuando un grupo objetivo de profesionales considera:
- Se han tomado todas las medidas razonables
- Se han utilizado métodos de evaluación fiables
- Se ha cotejado y evaluado minuciosamente la información
- Las decisiones se registran, comunican y evalúan minuciosamente
- Se han seguido las políticas y procedimientos
- Los profesionales y gestores tratan de averiguar los hechos y son proactivos.
- Siempre hay que tratar a todas las personas con dignidad y respeto para garantizar que se sientan seguras en los servicios y capacitadas para elegir y tomar decisiones.
- Garantizar la participación de otras personas significativas, como familiares, amigos o abogados, para apoyar a la persona cuando proceda.
- Es importante reconocer que una persona con capacidad tiene derecho a negarse a recibir cuidados. Dicha negativa puede plantear un problema de protección con respecto a otras personas.
Usted tiene la responsabilidad de seguir los 6 principios de salvaguardia consagrados en la Ley de Cuidados de 2014:
Seis principios clave sustentan todo el trabajo de salvaguardia de adultos:
- Principio 1 Empoderamiento - Personalización y presunción de decisiones dirigidas por la persona y consentimiento informado.
- "Se me pregunta qué resultados quiero obtener del proceso de protección y estos informan directamente de lo que ocurre".
- Principio 2 Prevención - Es mejor actuar antes de que se produzca el daño.
- "Recibo información clara y sencilla sobre qué es el maltrato, cómo reconocer los signos y qué puedo hacer para buscar ayuda."
- Principio 3 Proporcionalidad - Respuesta proporcionada y lo menos intrusiva posible adecuada al riesgo presentado.
- "Estoy seguro de que los profesionales trabajarán por mis intereses, tal y como yo los veo y sólo se involucrarán tanto como yo requiera".
- Principio 4 Protección - Apoyo y representación para los más necesitados.
- "Recibo ayuda y apoyo para denunciar los abusos. Recibo ayuda para participar en el proceso de protección en la medida que quiero y puedo."
- Principio 5 Asociación - Soluciones locales a través de servicios que trabajan con sus comunidades. Las comunidades tienen un papel que desempeñar en la prevención, detección y denuncia de la negligencia y el maltrato.
- "Sé que el personal trata cualquier información personal y sensible de forma confidencial, compartiendo sólo lo que es útil y necesario. Confío en que los profesionales trabajarán juntos para obtener el mejor resultado para mí."
- Principio 6 Rendición de cuentas - Responsabilidad y transparencia en la aplicación de las medidas de protección.
- "Entiendo el papel de todos los que intervienen en mi vida".
Su papel como "alertador" en el proceso de salvaguardia
- la persona que plantea un problema de protección dentro de su propio organismo debe seguir su propia política y procedimientos
- la preocupación puede deberse a algo que haya visto, le hayan dicho o haya oído
- si es necesario, remita el caso a un servicio de protección de adultos.
Su papel como persona que plantea un problema
- en el momento del ingreso o del primer contacto:
- ¿Entra dentro de las obligaciones de protección de adultos definidas en la Ley de Cuidados de 2014?
- ¿Existen alertas de protección relacionadas con el paciente?
- ¿Hay alguna agencia implicada actualmente? Tenga en cuenta tanto a los proveedores oficiales como a los privados
- ¿Cuáles son las circunstancias del hogar?
- ¿Es probable que el paciente necesite más ayuda cuando reciba el alta?
- ¿Quién más vive en el hogar?
- Integridad de la piel
- Estado nutricional, incluida la hidratación
- Presentación personal
- Comunicación y comportamiento de la persona
- Tratar a la persona con dignidad y respeto
Referencia: