Los profesionales pueden cotizar a un plan de pensiones privado a partir de sus ingresos no computables a efectos de jubilación, como las cotizaciones a trabajos privados y a seguros.
Se puede abonar hasta el 17,5 % de los ingresos privados, o el 40 % si tiene 60 años o más.
La ventaja es que se puede variar la cuantía de las cotizaciones. Permite percibir una pensión a partir de los 50 años, pero no se paga una cantidad a tanto alzado.
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