Un tratamiento restringido de otro modo por las secciones 57 o 58 puede administrarse a un paciente detenido sin necesidad de consentimiento o de una segunda opinión
- si es necesario para salvar la vida del paciente; o
- si es reversible, para evitar un deterioro grave del estado del paciente; o
- si es reversible y no es peligrosa, para evitar sufrimientos graves al paciente, o para evitar que el paciente se comporte de forma violenta o constituya un peligro para sí mismo o para los demás.
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