estimulación del campo nervioso periférico (PNFS) para el dolor lumbar crónico es menos invasiva que la estimulación de la médula espinal o la fusión espinal y ofrece un método reversible de control del dolor para quienes padecen dolor refractario intenso
el procedimiento suele realizarse en 2 fases:
En primer lugar, se implantan electrodos y se conectan a un neuroestimulador. Si esto resulta beneficioso durante un periodo de prueba de varios días, el paciente recibe un sistema totalmente implantado en una segunda intervención.
El procedimiento se realiza con anestesia local.
se introducen uno o varios cables por vía percutánea en los tejidos subcutáneos de la zona lumbar
en función del patrón de dolor del paciente, las zonas de dolor y los cambios previstos en su estado, puede ser conveniente implantar varios cables
la implantación de varios cables puede proporcionar una mayor flexibilidad para cubrir el patrón de dolor del paciente con parestesia
la estimulación intraoperatoria se utiliza para verificar que los electrodos se han colocado correctamente
el electrodo o electrodos se tunelizan bajo la piel hasta un punto de salida distante y se conectan mediante una extensión externa a un neuroestimulador manual. El paciente puede cambiar los ajustes de estimulación dentro de los límites establecidos por el médico.
si la prueba tiene éxito, se realiza una segunda fase
se utiliza anestesia local (a veces con sedación)
se forma una bolsa subcutánea para el neuroestimulador implantable, que se conecta a los electrodos de prueba ya implantados. El paciente dispone de un mando a distancia manual que permite la estimulación dentro de unos parámetros establecidos. El sistema puede retirarse si se desea.
El NICE afirma que (1)
".....la evidencia actual sobre la eficacia de la estimulación del campo nervioso periférico (PNFS) para el dolor lumbar crónico es limitada tanto en cantidad como en calidad, y la duración del seguimiento es limitada. Las pruebas sobre la seguridad también son limitadas y existe el riesgo de complicaciones derivadas de cualquier dispositivo implantado. Por lo tanto, este procedimiento sólo debe utilizarse con acuerdos especiales de gobernanza clínica, consentimiento y auditoría o investigación....".
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