No debe conducir durante los 6 meses siguientes a un único episodio y durante los 12 meses siguientes a varios episodios a lo largo de 5 años.
Si se produce más de un episodio de síncope de tos en un periodo de 24 horas, se contará como un único episodio. Sin embargo, si los episodios de síncope por tos se producen con más de 24 horas de diferencia, se considerarán episodios múltiples.
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