Este sitio está destinado a los profesionales de la salud

Go to /iniciar-sesion page

Puede ver 5 páginas más antes de iniciar sesión

Go to /iniciar-sesion page

Puede ver 5 páginas más antes de iniciar sesión

Desfibrilador cardíaco implantable y conducción

Translated from English. Show original.

Equipo de redacción

Desfibrilador cardioversor implantable (DCI)

Vehículos del grupo 1 (automóviles y motocicletas)

  • En todos los casos de implante de un DAI por arritmia ventricular sostenida asociada a incapacidad, se debe dejar de conducir durante 6 meses a partir de la fecha de implantación del DAI y, para poder volver a conducir, es necesario que:
    • que el dispositivo sea sometido a revisiones periódicas con interrogación
    • que no exista ninguna otra condición que implique la inhabilitación
    • que se cumplan todos los requisitos que se indican a continuación

Grupo 2: autobuses y camiones

  • La implantación de un DAI supone una inhabilitación permanente para obtener el permiso de conducir del Grupo 2.
  • En todos los casos de implantación de un DAI (incluida la implantación profiláctica), se debe dejar de conducir de forma permanente y:
    • se deberá notificar a la DVLA
    • se denegará o revocará el permiso de forma permanente.

Implante de un DAI por arritmia ventricular sostenida asociada a incapacidad

Derecho al Grupo 1

  • Sin secuelas adicionales
    • No se permite conducir y se debe notificar a la DVLA.
    • Se podrá reanudar la conducción seis meses después de la implantación, salvo que alguna de las secuelas 1 a 4 que se indican a continuación requiera restricciones específicas adicionales y pueda exigir la notificación a la DVLA
  • 1) En caso de terapia de descargas y/o estimulación antitacárdica sintomática (véase más abajo la terapia que conlleva incapacidad)
    • No debe conducir durante 6 meses a partir del momento en que se haya realizado cualquier terapia de descargas y/o estimulación antitáquica sintomática
    • Se debe notificar a la DVLA
    • Se podrá reanudar la conducción al cabo de 6 meses, siempre que no exista ninguna otra condición que implique la inhabilitación
  • 2) En caso de cualquier tratamiento asociado a una incapacidad (ya sea causada por el dispositivo o por una arritmia)
    • No se debe conducir durante 2 años tras la aparición de los síntomas de incapacidad y se debe notificarlo a la DVLA.
    • Se aplican las siguientes excepciones a este requisito de dos años:
      • a. Si la administración del tratamiento se debió a una causa inadecuada, como la fibrilación auricular o problemas de programación:
        • se podrá reanudar la conducción un mes después de que se haya logrado un control completo de cualquier causa, a satisfacción del cardiólogo. No es necesario notificarlo a la DVLA
      • b. Si la aplicación de la terapia fue adecuada debido a una taquicardia ventricular sostenida o una fibrilación ventricular, se podrá reanudar la conducción 6 meses después del episodio:
        • siempre que se hayan tomado medidas preventivas contra la recurrencia, por ejemplo, con fármacos antiarrítmicos o un procedimiento de ablación
        • y no se requiera ningún otro tratamiento sintomático
        • Se debe notificar a la DVLA
  • 3) En caso de cualquier revisión de los electrodos o modificación del tratamiento con fármacos antiarrítmicos
    • No se debe conducir durante un mes, pero no es necesario notificarlo a la DVLA.
    • Se podrá reanudar la conducción un mes después de la revisión de los electrodos o del cambio de medicación, siempre que no exista ninguna otra condición que impida la conducción
  • 4) En caso de cambio de la caja del desfibrilador
    • No se debe conducir durante una semana, pero no es necesario notificarlo a la DVLA.
    • Se podrá volver a conducir una semana después del cambio de la caja, siempre que no exista ninguna otra condición que impida la conducción

Implante de un DAI por arritmia ventricular sostenida no asociada a incapacidad

Derecho del grupo 1

  • No se debe conducir durante un mes tras la implantación y se debe notificarlo a la DVLA.
  • Se podrá volver a conducir un mes después de la implantación, siempre que se cumplan todas las condiciones siguientes:
    • el episodio cardíaco no haya sido motivo de inhabilitación, es decir, una taquicardia ventricular sostenida hemodinámicamente estable sin incapacidad
    • la fracción de eyección del ventrículo izquierdo sea superior al 35 %
    • cualquier taquicardia ventricular (TV) inducida en el estudio electrofisiológico tenga un intervalo RR superior a 250 milisegundos
    • durante el estudio electrofisiológico posterior a la implantación, cualquier taquicardia ventricular inducida pudo ser interrumpida por el marcapasos del DAI en dos ocasiones, sin aceleración
  • Si no se cumple alguno de los requisitos anteriores, no se podrá conducir durante los 6 meses siguientes a la implantación
  • Nota: en caso de que el DAI administre posteriormente estimulación antitáquica sintomática y/o terapia de descarga (excepto durante pruebas clínicas normales), se deberá notificar a la DVLA y se deberán aplicar las restricciones pertinentes, tal y como se detalla para los DAI implantados por arritmia ventricular sostenida asociada a incapacidad

DCI profiláctico

Derecho del Grupo 1

  • En personas asintomáticas con alto riesgo de arritmia significativa
    • No se debe conducir durante 1 mes tras la implantación y se debe notificar a la DVLA:
      • se podrá reanudar la conducción un mes después de la implantación si se mantiene asintomático y no se requiere terapia del DAI
      • en caso de que el DAI administre posteriormente estimulación antitáquica sintomática y/o terapia de descarga (excepto durante pruebas clínicas normales), se deberá notificar a la DVLA y se deberán aplicar las restricciones pertinentes, tal y como se detalla para los DAI implantados por arritmia ventricular sostenida asociada a incapacidad

Se puede obtener orientación actualizada en la publicación «Guía resumida de las normas médicas vigentes sobre la aptitud para conducir» y en el sitio web www.dvla.gov.uk.

Referencia:

  1. DVLA (noviembre de 2025). Guía rápida sobre los criterios médicos actuales de aptitud para conducir

Páginas relacionadas

Crear una cuenta para añadir anotaciones a la página

Añada a esta página información que sería útil tener a mano durante una consulta, como una dirección web o un número de teléfono. Esta información se mostrará siempre que visite esta página