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Seguimiento y monitorización de personas con síndrome de solapamiento EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica) - SAHS (síndrome de apnea/hipopnea obstructiva del sueño)

Traducido del inglés. Mostrar original.

Equipo de redacción

Seguimiento y control de las personas con EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica) - síndrome de superposición de SAHOS (síndrome de apnea/hipopnea obstructiva del sueño)

Adapte el seguimiento al plan de tratamiento general de la persona, que puede incluir cambios en el estilo de vida y el tratamiento de comorbilidades. También puede incluir conversaciones sobre la planificación de los cuidados (por ejemplo, el plan de acción para las exacerbaciones de la EPOC y la planificación anticipada de los cuidados) para las personas con EPOC grave.

Seguimiento de las personas que utilizan CPAP o ventilación no invasiva

  • Ofrecer consultas presenciales, por vídeo o por teléfono, incluida la revisión de los datos de telemonitorización (si se dispone de ellos), a las personas con síndrome de solapamiento EPOC-OSAHS que utilicen ventilación no invasiva o CPAP. Esto debería incluir
    • una consulta inicial en el plazo de 1 mes y
    • un seguimiento posterior en función de las necesidades de la persona y hasta que se consiga un control óptimo de los síntomas, el índice de apnea-hipopnea (IAH) o el índice de desaturación de oxígeno (IDO), la oxigenación y la hipercapnia
  • cuando se haya optimizado la ventilación no invasiva o la CPAP (con o sin oxigenoterapia) para las personas con síndrome de solapamiento EPOC-SHOS y sus síntomas estén controlados, considerar un seguimiento de 6 meses a anual según las necesidades de la persona
  • ofrecer a las personas con síndrome de solapamiento EPOC-OSAHS con ventilación no invasiva o CPAP acceso a un servicio de sueño y ventilación para asesoramiento, apoyo y equipamiento entre las citas de seguimiento

Seguimiento de los conductores con somnolencia excesiva

  • Garantizar que el seguimiento se realiza de acuerdo con las directrices de la Agencia de Licencias de Conducir y Vehículos sobre la evaluación de la aptitud para conducir.

Seguimiento de la eficacia del tratamiento para las personas con síndrome de superposición EPOC-OSAHS

  • evaluar la eficacia del tratamiento con CPAP o ventilación no invasiva en personas con síndrome de solapamiento EPOC-OSAHS revisando lo siguiente:
    • los síntomas del SAHOS y la hipoventilación nocturna, incluida la escala de somnolencia de Epworth y la vigilancia, por ejemplo, al conducir
    • gravedad del SAHOS, utilizando el IAH o el IDO
    • mejora de la oxigenación y de la hipercapnia tanto despierto como dormido
    • cumplimiento terapéutico
    • telemonitorización o descarga de información del dispositivo (si está disponible)
  • explorar con la persona su comprensión y experiencia del tratamiento, y revisar lo siguiente:
    • el tipo de mascarilla y su ajuste, incluida la comprobación de fugas
    • sequedad nasal y bucal, y necesidad de humidificación
    • otros factores que afectan a las alteraciones del sueño, como insomnio, piernas inquietas y trabajo por turnos
    • higiene del sueño
    • limpieza y mantenimiento del equipo
  • ser consciente de que algunos síntomas asociados a la EPOC, como la tos y las sibilancias, y determinados medicamentos, como las teofilinas, pueden afectar negativamente a la calidad del sueño
  • para las personas con síndrome de solapamiento EPOC-SHAS que reciben oxigenoterapia suplementaria, revisar si sigue siendo necesaria una vez optimizado el tratamiento con ventilación no invasiva o CPAP
  • considerar la posibilidad de interrumpir la CPAP o la ventilación no invasiva y utilizar un enfoque de manejo de los síntomas para las personas con síndrome de solapamiento EPOC-SHOS que padecen EPOC grave si, a pesar de la optimización del tratamiento, la CPAP o la ventilación no invasiva no mejoran sus síntomas o su calidad de vida, o aumentan la carga del tratamiento.

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El contenido del presente documento se facilita con fines informativos y no sustituye la necesidad de aplicar el juicio clínico profesional a la hora de diagnosticar o tratar cualquier afección médica. Para el diagnóstico y tratamiento de todas y cada una de las afecciones médicas debe consultarse a un médico colegiado.

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