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Anti-D ( antiD ) en el tratamiento de la enfermedad rhesus

Traducido del inglés. Mostrar original.

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Equipo de redacción

Es importante identificar los embarazos de riesgo (mujeres Rh negativo).

  • Debe administrarse inmunoglobulina antirrhesus (anti-D) después del parto a todas las mujeres Rh negativo cuando no pueda determinarse el grupo sanguíneo del bebé (por ejemplo, en caso de mortinato macerado). También debe administrarse anti-D a las madres Rh negativas tras el nacimiento de un bebé Rh positivo, inmediatamente o en un plazo de 72 horas
  • profilaxis prenatal con anti-D: el NICE recomienda ahora que se ofrezca profilaxis anti-D de rutina a todas las mujeres embarazadas no sensibilizadas que sean Rh negativo
    • puede administrarse en dos dosis de inmunoglobulina anti-D de 500 UI (una a las 28 semanas y otra a las 34 semanas de gestación), en dos dosis de inmunoglobulina anti-D de 1000-1650 UI (una a las 28 semanas y otra a las 34 semanas de gestación), o en una dosis única de 1500 UI a las 28 semanas o entre las semanas 28 y 30 de gestación
  • El anti-D tiene el efecto de absorber cualquier célula rhesus positiva del bebé en la circulación materna e impedir que la madre desarrolle una respuesta inmunitaria. De este modo, se protegen los futuros embarazos.

  • otros usos del anti-D durante el embarazo en madres Rh negativo:
    • en caso de amenaza de aborto en madre Rh negativo - nótese que la Ig Anti-D ya no es necesaria en mujeres con amenaza de aborto con feto viable y cese de la hemorragia antes de las 12 semanas de gestación (1)
      • "...la evidencia de que las mujeres se sensibilicen tras una hemorragia uterina en las primeras 12 semanas de gestación cuando el feto es viable y el embarazo continúa es escasa aunque hay ejemplos muy raros.. En este contexto, la administración sistemática de Ig anti-D no puede recomendarse. Sin embargo, puede ser prudente administrar Ig anti-D cuando el sangrado es abundante o repetido o cuando hay dolor abdominal asociado, especialmente si estos acontecimientos se producen cuando la gestación se acerca a las 12 semanas. El periodo de gestación debe confirmarse mediante ecografía...".
    • durante cualquier maniobra en el embarazo (procedimientos uterinos, por ejemplo amniocentesis, muestreo de vellosidades coriónicas, versión cefálica externa), también después de una hemorragia anteparto, traumatismo abdominal, posparto (como se ha descrito anteriormente)
  • otras situaciones en las que se puede utilizar anti-D:
    • el anti-D también debe administrarse en el tratamiento de un embarazo ectópico en una mujer Rh negativo
    • el anti-D también debe administrarse a todas las mujeres Rh negativo después de cualquier otro episodio potencialmente sensibilizante (por ejemplo, interrupción quirúrgica del embarazo, aborto, mortinato)

  • en embarazos ya afectados, el nivel de anticuerpos anti-Rhesus puede evaluarse a intervalos a partir del tercer trimestre; la extensión de la enfermedad puede medirse con amniocentesis si los anticuerpos empeoran
  • si se administran dosis profilácticas adicionales de anti-D a las 28 y 34 semanas, el riesgo de sensibilización se reduce del 1,12% al 0,28% (2)

Notas (3):

  • la profilaxis anti-D de rutina se ofrece a todas las mujeres embarazadas no sensibilizadas que son RhD negativo
  • las mujeres deben someterse a pruebas de detección de aloanticuerpos atípicos en los glóbulos rojos al principio del embarazo y de nuevo a las 28 semanas, independientemente de su estado RhD
  • a las mujeres embarazadas con aloanticuerpos de glóbulos rojos atípicos clínicamente significativos se les debe ofrecer la derivación a un centro especializado para una investigación más exhaustiva y asesoramiento sobre el tratamiento prenatal posterior
  • si una mujer embarazada es RhD negativo, debe considerarse la posibilidad de ofrecer pruebas a la pareja para determinar si es necesaria la administración de profilaxis anti-D

Referencia

  • (1) Real Colegio de Obstetras y Ginecólogos. Use of Anti-D Immunoglobulin for Rh Prophylaxis (22) - Revisado en mayo de 2002.
  • (2) Mayne S (1997). BMJ, ii, 1588.
  • (3) NICE (2008). Atención prenatal.

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El contenido del presente documento se facilita con fines informativos y no sustituye la necesidad de aplicar el juicio clínico profesional a la hora de diagnosticar o tratar cualquier afección médica. Para el diagnóstico y tratamiento de todas y cada una de las afecciones médicas debe consultarse a un médico colegiado.

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