La Ley de 1858 otorgaba al GMC la facultad de: - solicitar a los organismos que conceden las licencias información completa sobre sus cursos de estudio y exámenes - enviar visitantes para observar los exámenes e informar sobre ellos - hacer gestiones ante el Consejo Privado para que no se reconozcan las cualificaciones médicas primarias si el Consejo llegara a considerar insuficientes los fundamentos de la cualificación de un organismo que concede licencias.
El GMC ha emitido una serie de "Recomendaciones" a través del Comité de Educación para orientar a los Organismos Otorgantes de Licencias. Entre ellas se incluyen recomendaciones sobre:
- Formación clínica general
- Formación médica de pregrado
La actual Ley de Medicina otorga al Comité de Educación la función general de promover altos niveles de educación médica.
Páginas relacionadas
Crear una cuenta para añadir anotaciones a la página
Añada a esta página información que sería útil tener a mano durante una consulta, como una dirección web o un número de teléfono. Esta información se mostrará siempre que visite esta página