- La nota de la DVLA para la diabetes mellitus gestionada por otros medicamentos, incluidos los inyectables no insulínicos - excluidas las sulfonilureas y las glinidas
- el sitio apéndice D (INF188/2) indica cuándo un conductor debe informar a la DVLA
- ...por ley, el conductor debe informar a la DVLA si se da cualquiera de los siguientes casos
- si sufre más de un episodio de hipoglucemia grave en los últimos 12 meses. También debe informarnos si usted o su equipo médico consideran que corre un alto riesgo de desarrollar una hipoglucemia grave. En el caso de los conductores del grupo 2 (autobús/camión), debe notificarse inmediatamente un episodio de hipoglucemia grave
- desarrolla una alteración de la conciencia de la hipoglucemia. (Dificultad para reconocer los síntomas de alerta de una bajada de azúcar)
- sufre una hipoglucemia grave mientras conduce
- necesita tratamiento con insulina
- necesita tratamiento con láser en ambos ojos o en el ojo restante si sólo tiene visión en un ojo
- tiene problemas de visión en ambos ojos, o en el ojo restante si sólo tiene visión en un ojo. Por ley, debe ser capaz de leer, con gafas o lentillas si es necesario, la matrícula de un coche con buena luz diurna a 20 metros. Además, la agudeza visual (con ayuda de gafas o lentes de contacto si las lleva) debe ser de al menos 6/12 (0,5 decimales) con los dos ojos abiertos, o en el único ojo si es monocular
- si tiene problemas de circulación o de sensibilidad en las piernas o los pies que le obliguen a conducir sólo determinados tipos de vehículos, por ejemplo, vehículos automáticos o vehículos con acelerador o freno manual. Esto debe constar en su permiso de conducir
- se agrava una enfermedad existente o desarrolla cualquier otra enfermedad que pueda afectar a su seguridad al volante.
- ...por ley, el conductor debe informar a la DVLA si se da cualquiera de los siguientes casos
- se controla con otra medicación, incluidos los inyectables no insulínicos
- Excluidas las sulfonilureas y las glinidas
- Grupo 1
- puede conducir y no necesita notificarlo a la DVLA, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el INF188/2 y el conductor se someta a revisiones médicas periódicas.
- puede conducir pero debe notificarlo a la DVLA si la información clínica indica que la agencia puede necesitar realizar investigaciones médicas
- Grupo 1
- Excluidas las sulfonilureas y las glinidas
- el sitio apéndice D (INF188/2) indica cuándo un conductor debe informar a la DVLA
Referencia
- DVLA. Evaluación de la aptitud para conducir: guía para profesionales médicos. Publicado en marzo de 2016, última actualización en agosto de 2024
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