ahora existe la obligación legal de informar de las muertes declaradas a un médico forense (Guía para médicos colegiados sobre el Reglamento de Notificación de Fallecimientos 2019 (1)) - ver artículo vinculado
notificación al médico forense: debe indicar si ha notificado la defunción al médico forense marcando la opción 4 en el anverso del certificado y poniendo sus iniciales en la casilla A del reverso. Debe informar al médico forense de cualquier fallecimiento que no pueda certificar fácilmente como debido a causas naturales
debe notificarse la defunción al médico forense tal y como se indica en el enlace que figura a continuación (1). Las categorías generales de notificación al médico forense son las siguientes:
Circunstancias en las que debe realizarse una notificación en virtud de la norma 3
La muerte se debió a envenenamiento, incluso por una sustancia benigna.
La muerte se debió a la exposición o al contacto con una sustancia tóxica.
La muerte se debió al uso de un medicamento, una droga controlada o una sustancia psicoactiva.
La muerte se debió a violencia, traumatismo o lesión
Muerte por autolesión
La muerte se debió a negligencia, incluida la negligencia propia
La muerte se debe a una persona sometida a un tratamiento o procedimiento de naturaleza médica o similar.
El fallecimiento se debió a una lesión o enfermedad atribuible a cualquier empleo desempeñado por la persona durante su vida
La muerte de la persona no fue natural pero no entra en ninguna de las circunstancias anteriores
Por lo general, se considera que una muerte no es natural si no se ha producido totalmente como consecuencia de un proceso de enfermedad natural que sigue su curso natural, sin que haya nada más implicado. Por ejemplo, esta categoría incluye supuestos en los que el fallecido puede haber contraído una enfermedad (por ejemplo, mesotelioma) como resultado de lavar el mono de su pareja, que estaba cubierto de amianto, sin embargo mucho antes de que se produjera el fallecimiento.
Se desconoce la causa del fallecimiento
El médico colegiado sospecha que la persona falleció mientras estaba detenida o bajo custodia del Estado.
El médico tratante no está disponible en un plazo razonable tras el fallecimiento de la persona para firmar el certificado de causa de la muerte.
Si hay un médico responsable de firmar el certificado médico de la causa de la muerte (MCCD), pero éste no puede firmarlo en un plazo razonable, el fallecimiento debe notificarse al médico forense.
En última instancia, queda a discreción del médico determinar lo que sería un "plazo razonable" en función de las circunstancias individuales del caso. No obstante, se recomienda que cuando haya un médico de cabecera, rellene un MCCD lo antes posible.
Debe tenerse en cuenta que, legalmente, una defunción debe registrarse en un plazo de 5 días a partir de la fecha del fallecimiento, y que el MCCD es necesario para que dicho registro se realice dentro de este plazo. Por lo tanto, la cumplimentación del MCCD no debe superar este plazo.
Se desconoce la identidad de la persona fallecida
Referencia:
Ministerio de Justicia. Guidance for registered medical practitioners on the Notification of Deaths Regulations 2019 (Guía para médicos colegiados sobre el Reglamento de notificación de defunciones de 2019).
Ayuntamiento de Manchester (2007). Death Certification Guidance for doctors certifying cause of death.
Añada a esta página información que sería útil tener a mano durante una consulta, como una dirección web o un número de teléfono. Esta información se mostrará siempre que visite esta página