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AIT (o ictus) y conducción

Traducido del inglés. Mostrar original.

Equipo de redacción

Derecho del grupo 1:

  • TIA único
    • no es necesario notificarlo a la DVLA
    • no debe conducir durante 1 mes

  • accidente isquémico transitorio múltiple
    • no debe conducir y debe notificarlo a la DVLA
    • en caso de AIT múltiples durante un periodo corto, no deberá conducir durante 3 meses
    • la conducción puede reanudarse al cabo de 3 meses si no se han vuelto a producir AIT.

  • accidente cerebrovascular
    • no debe conducir, pero puede no ser necesario notificarlo a la DVLA
    • la conducción puede reanudarse al cabo de 1 mes si la recuperación clínica es satisfactoria
    • no es necesario notificarlo a la DVLA a menos que exista un déficit neurológico residual 1 mes después del episodio y, en particular
      • defectos del campo visual
      • defectos cognitivos
      • deterioro de la función de las extremidades
    • la debilidad leve de las extremidades después de un ictus no requiere notificación a la DVLA, a menos que sea necesario restringir el uso de determinados tipos de vehículos o adaptar los mandos. Con adaptaciones, las deficiencias físicas graves pueden no ser un obstáculo para conducir
    • las convulsiones que se produzcan en el momento de sufrir un ictus o un AIT, o en las 24 horas siguientes, pueden considerarse provocadas a efectos de obtención del permiso, siempre que no existan antecedentes de convulsiones o patología cerebral no provocadas. Por lo general, estas crisis provocadas obligan a dejar de conducir.

Se recomienda a los médicos que deseen información sobre la capacidad de los pacientes para conducir tras un AIT/ictus que consulten 'Guía sobre las normas médicas actuales de aptitud para conducir' o los asesores médicos de la DVLA.

Referencia:


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El contenido del presente documento se facilita con fines informativos y no sustituye la necesidad de aplicar el juicio clínico profesional a la hora de diagnosticar o tratar cualquier afección médica. Para el diagnóstico y tratamiento de todas y cada una de las afecciones médicas debe consultarse a un médico colegiado.

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