Deterioro de la conciencia de la hipoglucemia
Para los conductores del grupo 1, la alteración de la conciencia de la hipoglucemia se define como la incapacidad de detectar la aparición de una hipoglucemia debido a la ausencia total de síntomas de alerta".
Los conductores del grupo 2 deben ser plenamente conscientes de la hipoglucemia.
Hipoglucemia grave
La ley define "grave" como un episodio de hipoglucemia que requiere la asistencia de otra persona.
Conductores del grupo 1: los episodios de hipoglucemia que se produzcan durante el sueño establecido ya no se consideran relevantes a efectos de obtención del carné, a menos que existan dudas sobre su conocimiento de la hipoglucemia.
Conductores del grupo 2: deben informar de todos los episodios de hipoglucemia grave que requieran la asistencia de otra persona.
Sistemas de monitorización intersticial de la glucosa
Estos dispositivos son más conocidos como sistemas flash de monitorización de glucosa (FGM) y sistemas de monitorización continua de glucosa en tiempo real (RT-CGM).
Grupo 1
Estos sistemas pueden utilizarse para monitorizar la glucosa en momentos relevantes para la conducción de vehículos del Grupo 1. Los usuarios de estos sistemas deben llevar un equipo de medición de glucosa capilar por punción en el dedo para conducir, ya que hay ocasiones en las que es necesario confirmar el nivel de glucosa en sangre por punción en el dedo.
Si se utiliza un sistema de monitorización continua de glucosa en líquido intersticial (FGM o RT-CGM), el nivel de glucosa en sangre debe confirmarse con una lectura de glucosa en sangre por punción digital en las siguientes circunstancias
- cuando el nivel de glucosa sea de 4,0 mmol/L o inferior
- cuando se experimenten síntomas de hipoglucemia
- cuando el sistema de monitorización de la glucosa da una lectura que no es coherente con los síntomas que se están experimentando (por ejemplo, síntomas de hipoglucemia y la lectura del sistema no lo indica)
- si la diabetes se controla con insulina
- los conductores que padezcan algún tipo de diabetes tratada con cualquier preparado de insulina deben informar a la DVLA
- la DVLA envía a los conductores diabéticos una carta explicativa detallada sobre la conducción y su permiso
- para más información sobre pacientes diabéticos tratados con insulina, consulte el punto del menú
Grupo 2
- Existe un requisito legal para los conductores del Grupo 2 para controlar su glucosa en sangre a los efectos de la conducción del Grupo 2. Los sistemas de control de glucosa en líquido intersticial FGM y RT-CGM no están permitidos a efectos de conducción y obtención del permiso del Grupo 2.
- Los conductores del Grupo 2 que utilicen estos dispositivos deberán seguir controlando los niveles de glucosa en sangre capilar por punción digital con la regularidad que se define a continuación
Diabetes tratada con insulina
Grupo 1:
- Debe cumplir los criterios para conducir y debe notificarlo a la DVLA. Deben cumplirse todos los criterios siguientes para que la DVLA autorice a la persona con diabetes tratada con insulina a conducir durante 1, 2 ó 3 años
- conocimiento adecuado de la hipoglucemia
- no haber sufrido más de 1 episodio de hipoglucemia grave en vigilia en los 12 meses anteriores y que el episodio más reciente se haya producido hace más de 3 meses (véase la orientación sobre hipoglucemia grave recurrente más abajo)
- practica una monitorización adecuada de la glucosa, tal y como se define en el recuadro siguiente
- no se considera un riesgo probable para el público mientras conduce
- cumple las normas de agudeza visual y campo visual
- se somete a revisiones periódicas
Requisitos del grupo 1 para los conductores tratados con insulina con permiso en revisión
- Grupo 1
- análisis de glucosa como máximo 2 horas antes del inicio del primer viaje y
- cada 2 horas después del inicio de la conducción
- debe transcurrir un máximo de 2 horas entre la prueba de glucosa previa a la conducción y el primer control de glucosa realizado tras el inicio de la conducción
- se pedirá a los solicitantes que firmen un compromiso por el que se comprometen a seguir las indicaciones de los profesionales sanitarios que traten su diabetes y a informar inmediatamente a la DVLA de cualquier cambio significativo en su estado.
- En caso de mayor riesgo de hipoglucemia (actividad física, cambio en la rutina de comidas), puede ser necesario un autocontrol más frecuente.
Tratamiento temporal con insulina, incluida la diabetes gestacional o después de un infarto de miocardio.
- Grupo 1
- Puede conducir y no necesita notificarlo a la DVLA, siempre que
- bajo supervisión médica
- no haya sido advertido por un médico de riesgo de hipoglucemia incapacitante
- Puede seguir conduciendo pero debe notificarlo a la DVLA si:
- se produce una hipoglucemia incapacitante
- el tratamiento continúa durante más de 3 meses - o en caso de diabetes gestacional, continúa durante 3 meses después del parto
Deterioro del conocimiento de la hipoglucemia - "desconocimiento de la hipoglucemia".
Grupo 1
- No debe conducir y debe notificarlo a la DVLA.
- La conducción puede reanudarse después de que un informe clínico realizado por un médico de cabecera o un especialista en diabetes confirme que se ha recuperado la conciencia de la hipoglucemia.
Complicaciones de la diabetes
Grupo 1
Complicaciones visuales - que afectan a la agudeza visual o al campo visual
- Puede ser necesario dejar de conducir y notificarlo a la DVLA
- Consulte la guía para trastornos visuales
Diabetes tratada con medicación distinta de la insulina
- Tratada con comprimidos con riesgo de hipoglucemia
- Grupo 1
- Incluidas las sulfonilureas y las glinidas
- Puede conducir y no necesita notificarlo a la DVLA, siempre que
- no haya sufrido más de 1 episodio de hipoglucemia grave estando despierto en los últimos 12 meses y el episodio más reciente se haya producido hace más de 3 meses
- practique un control adecuado de la glucosa en los momentos relevantes para la conducción
- bajo revisión periódica
- Es apropiado ofrecer la autovigilancia de la glucosa en sangre en momentos relevantes para la conducción para permitir la detección de hipoglucemias.
- Si se cumplen los requisitos anteriores y los establecidos en el INF188/2, no es necesario informar a la DVLA. La DVLA debe ser notificada si la información clínica indica que la agencia puede necesitar llevar a cabo investigaciones médicas.
- Gestionado por otra medicación, incluidos los inyectables no insulínicos
- Excluidas las sulfonilureas y las glinidas
- Puede conducir y no necesita notificarlo a la DVLA, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el INF188/2 y el conductor se someta a revisiones médicas periódicas.
- Puede conducir pero debe notificarlo a la DVLA si la información clínica indica que la agencia puede necesitar realizar investigaciones médicas.
Diabetes controlada únicamente con dieta/estilo de vida
- Grupo 1
- Puede conducir y no necesita notificarlo a la DVLA. No debe conducir y debe notificarlo a la DVLA si, por ejemplo
- se desarrollan complicaciones descalificantes relevantes como retinopatía diabética que afecta a la agudeza visual o a los campos visuales
- se requiere tratamiento con insulina
Nota:
- ...por ley, un conductor tratado con comprimidos, dieta o ambos debe informar a la DVLA si se da alguno de los siguientes casos (el apéndice INF188/2 describe cuándo un conductor debe informar a la DVLA con respecto a la hipoglucemia)
- si sufre más de un episodio de hipoglucemia grave en los últimos 12 meses. También debe informarnos si usted o su equipo médico consideran que corre un alto riesgo de desarrollar una hipoglucemia grave. En el caso de los conductores del Grupo 2 (autobús/camión), debe notificarse inmediatamente un episodio de hipoglucemia grave
- desarrolla una alteración de la conciencia de la hipoglucemia. (Dificultad para reconocer los síntomas de alerta de un nivel bajo de azúcar en sangre)
- sufre una hipoglucemia grave mientras conduce....
- necesita tratamiento con insulina
- necesita tratamiento con láser en ambos ojos o en el ojo restante si sólo tiene visión en un ojo
- problemas de visión en ambos ojos, o en el ojo restante si sólo tiene visión en un ojo. Por ley, debe ser capaz de leer, con gafas o lentes de contacto si es necesario, la matrícula de un coche con buena luz a 20,5 metros (67 pies) o a 20 metros (65 pies) cuando aparezcan caracteres más estrechos de 50 mm de ancho.
- si el paciente desarrolla algún problema circulatorio o de sensibilidad en las piernas o los pies que le obligue a conducir sólo determinados tipos de vehículos, por ejemplo vehículos automáticos o con acelerador o freno manual. Esta circunstancia debe constar en su permiso de conducción
- una afección médica existente que empeore o que el paciente desarrolle cualquier otra afección que pueda afectarle a la hora de conducir con seguridad (1).
- las siguientes incidencias de hipoglucemia deben comunicarse a la DVLA:
- si se produce más de un episodio de hipoglucemia incapacitante (bajada de azúcar) en 12 meses, o si existe un riesgo elevado de desarrollar una hipoglucemia incapacitante
- si desarrolla una alteración de la conciencia de la hipoglucemia (dificultad para reconocer los síntomas de alerta de una bajada de azúcar)
- si sufre una hipoglucemia incapacitante mientras conduce
- si una enfermedad existente empeora o desarrolla cualquier otra afección que pueda afectar a la seguridad de la conducción.
Para obtener la información más actualizada y completa, puede consultar la publicación "At a Glance Guide to the Current Medical Standards of Fitness to Drive" y el sitio web www.dvla.gov.uk.
Referencia: