Para la primera crisis epiléptica no provocada/ataque solitario:
Derecho del grupo 1:
- no debe conducir y debe notificarlo a la DVLA
- se prohibirá conducir durante 6 meses a partir de la fecha del ataque. Los factores clínicos que indiquen que puede haber un mayor riesgo de convulsiones exigen que la DVLA no considere la concesión del permiso hasta pasados 12 meses desde la fecha de la primera convulsión.
Permiso del grupo 2:
- no debe conducir y debe notificarlo a la DVLA.
- La conducción estará prohibida durante 5 años a partir de la fecha del ataque. Si, transcurridos 5 años, un neurólogo ha realizado una evaluación reciente y los factores clínicos o los resultados de la investigación (por ejemplo, electroencefalograma o escáner cerebral) indican que no existe un riesgo anual superior al 2% de sufrir otra convulsión, podrá restablecerse el permiso.
- esta autorización también requiere que no haya habido necesidad de medicación para la epilepsia durante los 5 años anteriores a la fecha de restablecimiento de la autorización
- si el riesgo anual previsto de sufrir un nuevo ataque es superior al 2%, puede aplicarse la normativa sobre epilepsia
Para más información, póngase en contacto con la DVLA, consulte el número actual de "At a glance guide to the current medical standards of fitness to drive" o utilice el sitio web www.dvla.gov.uk
Referencia:
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